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Declaración de Gredos, 7 de octubre de 2003

   
Para celebrar el XXV aniversario de la Constitución Española los siete ponentes suscribieron una declaración que presentaron en el Parador Nacional de Gredos, el mismo lugar donde, en 1978, se habían llevado a cabo negociaciones para el texto final de la Carta Magna. Por motivos de salud, el único que no pudo asistir, pero envió su aprobación al texto desde casa, fue Jordi Solé Tura.


TEXO COMPLETO:

"Al aproximarse la fecha del seis de diciembre, en la que habrán de conmemorarse veinticinco años desde el Referéndum nacional en el que los ciudadanos aprobaron por amplísima mayoría la Constitución Española, en todas y cada una de las provincias, los Ponentes -Redactores del Anteproyecto y Proyecto e informantes del mismo- reunidos en el Parador Nacional de Gredos en el que tuvieron lugar en 1978 algunas de las muchas jornadas de su trabajo colectivo, acuerdan declarar:
   
Que debemos rendir el merecido tributo de reconocimiento al conjunto de la ciudadanía española, auténtica protagonista de nuestra conquista de la democracia. El mérito de la Ponencia, si lo hubiere, fue acertar a interpretar los anhelos de paz y libertad que alentaban en lo más profundo del pueblo español. Sólo al cumplimiento fiel de aquel mandato cabe atribuir la perduración de nuestro texto constitucional, frente a la efímera vigencia de tantos precedentes, expresión de la circunstancial hegemonía de una parte y no del pacto entre todos. El respeto a sus valores y principios y a sus reglas de juego y procedimientos es también garantía imprescindible para el futuro.
   
Que los ponentes creen de justicia reconocer el papel insustituible de la Institución monárquica y de su Titular, D. Juan Carlos de Borbón, en todo este proceso histórico, primero, como estímulo y “motor del cambio”, según la afortunada locución popular; y después como garante leal del funcionamiento regular de las instituciones, en la democracia ya consolidada.
   
Que, con independencia de sus méritos jurídicos, sus eventuales deficiencias o las libres opiniones sobre su perfectibilidad, permanecen incólumes el espíritu de reconciliación nacional, el afán de cancelar las tragedias históricas de nuestro dramático pasado, la voluntad de concordia, el propósito de transacción entre las posiciones encontradas y la búsqueda de espacios de encuentro señoreados por la tolerancia que constituyen la conciencia moral profunda de nuestro Texto Constitucional.
   
Que, a lo largo de este cuarto de siglo se han experimentado y puesto a prueba la mayor parte de las Instituciones previstas en la Constitución y que, sobre todo, se ha acreditado su aptitud para permitir el desarrollo de alternativas de gobierno de muy distinto signo ideológico, para tutelar la ordenada sucesión de legislaturas y gobiernos, y hacer posible, estabilizar y legitimar las alternancias políticas.
   
Que, sin pretender atribuir al sólo efecto de una Norma Fundamental la evidencia de las magnas transformaciones verificadas en todos los órdenes de la vida nacional, la Constitución ha tenido y tiene la virtualidad de amparar e impulsar el fortalecimiento de los derechos individuales y las libertades civiles y su garantía jurisdiccional efectiva; la expresión del pluralismo legítimo; la modernización de España en los ámbitos, social, económico y cultural; la inserción de España en las organizaciones supranacionales connaturales a nuestra historia, identidad y entorno, y el reforzamiento de la presencia española en el mundo.
   
Que, con la inmensa dificultad que suponía la puesta en pie de una nueva planta de organización territorial, prácticamente inédita en nuestra historia en su ambición y generalidad y alentada por el propósito genuino de conformar el orden jurídico constitucional a la realidad plural de España, el Estado Autonómico representa el proyecto descentralizador del poder político más importante de la historia de España, amparado por el reconocimiento del derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran.
   
Que las eventuales reformas del texto constitucional que el futuro pueda aconsejar deben acomodarse a las reglas del juego que la propia Constitución establece; y abordarse con idéntico o mayor consenso al que presidió su elaboración.
   
Que, en fin, los ponentes expresan su legítimo orgullo y alegría por la confianza que en su día depositaron en ellos sus respectivos grupos políticos que les permitieron desarrollar tan alta tarea y que manifiestan su deseo y convicción de que esta conmemoración sirva, sobre todo, para difundir entre todos los españoles -y muy singularmente entre las nuevas generaciones, que no fueron testigos de los acontecimientos de la transición y del proceso constituyente- así como en todos los niveles y centros educativos, la enseñanza de los principios y valores de la sociedad democrática avanzada a los que la Constitución sirve y ampara.
   
Parador Nacional de Gredos, 7 de octubre de 2003.

FIRMADO POR:

Gabriel Cisneros Laborda, Manuel Fraga Iribarne, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, Gregorio Peces-Barba, José Pedro Pérez-Llorca, Miguel Roca Junyent y Jordi Solé Tura.

 


 
 

 

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